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| Manciano Chapatin ![]() Registrado: febrero-2008 País: Mexico Ocupación: Médico Residente cirujano
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| Trabajar como medico en la Argentina Es posible trabajar como medico en la Argentina despues de estudiar medicina y hacer la residencia en el extranjero? Para trabajar en la Argentina se necesita repetir la residencia en la Argentina? Gracias PD Cuales son las reglas en otros paises? |
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| Site Manager Registrado: enero-2007 País: Argentina Ocupación: Médico Residente genetista
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| Si tenés matrícula extranjera tenés que revalidar si vas a trabajar en Argentina. Estuve hablando ese tema con gente de la dirección de capacitación de recursos humanos y me dijeron que hasta hace un tiempo había países para los que la reválida del título en Argentina era automática, pero que las cosas habían cambiado y en este momento no sabía qué países eran. Me dijo que debería preguntar en la Universidad de Bs As (Facultad de Medicina - UBA). Consultá ahí a ver que te dicen. |
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| | #3 (permalink) |
| Manciano Hibbert ![]() Registrado: marzo-2008 País: Argentina Localización: Cordoba Universidad: Universidad Nacional de Córdoba Ocupación: Estudiante de Medicina
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| Según tengo entendido solo con Italia y España había revalidación del titulo automáticamente!! |
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| | #4 (permalink) |
| Manciano Chapatin ![]() Registrado: mayo-2008 País: Argentina Ocupación: Estudiante de Medicina
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| Les dejo informacion sobre la revalida del titulo: Para que los profesionales con títulos otorgados por instituciones universitarias extranjeras puedan ejercer su actividad en Argentina tienen que: a. Tramitar la convalidación de dicho título si sus países han firmado convenios específicos con la Argentina: Bolivia - Colombia - Ecuador - Perú - España b. Tramitar la reválida del título si sus países no han firmado convenios específicos con la Argentina Convalidación de Títulos • Dirección Nacional de Gestión Universitaria - Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación • Atención al Público: • martes y jueves de 9 a 12 hs • Av. Santa Fe 1548, Piso 12 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. • Teléfonos: 4129-1960 y 4129-1800 interno 6227 • e-mail: convalid-univ@me.gov.ar Requisitos para la convalidación de títulos otorgados en: Bolivia - Colombia - España - Ecuador - Perú Convalidación de títulos extranjeros - Bolivia "Convención sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales" suscripto en Montevideo en 1889. Aprobado por Ley Nº 3.192 del año 1894 Documentación a presentar para iniciar el trámite de convalidación de un título Cuando las fechas de expedición del Título Académico y del Título en Provisión Nacional no tengan un (1) año de diferencia entre sí, el peticionante deberá presentar la Resolución Administrativa del Ministerio de Salud en la que figure que se lo libera de cumplir el Servicio Social de Salud Rural Obligatorio. 2) Los originales de la documentación mencionada tienen que estar sellados por: a) Prefecto de la Zona que corresponda a la Universidad que expidió los Títulos. Si la Universidad está en La Paz deberán ser legalizados por la Secretaría de Educación. b) Consulado Argentino en Bolivia: derechos consulares de acuerdo con el Decreto Nº 1629/01. c) Después de ser sellados los documentos originales sacarles fotocopias. 3) Fotocopia certificada por Escribano Público argentino del Documento de Identidad boliviano o del Pasaporte que está asentado en la documentación académica. 4) Fotocopia certificada por Escribano Público del Documento Nacional de Identidad para extranjeros, hasta la hoja donde consta la situación migratoria del solicitante, inclusive. 5) Nota al Señor Director Nacional de Gestión Universitaria en la que se solicita la convalidación del título. Indicar domicilio y teléfono. 6) Programas de todas las asignaturas aprobadas. Personalizados, foliados y sellados por la Universidad que expidió el título. Se exceptúan los médicos y odontólogos. 7) Con las fotocopias de la documentación exigida dirigirse a MESA DE ENTRADAS del MINISTERIO DE EDUCACION CIENCIA Y TECNOLOGÍA Pizzurno 935, 1° piso, oficina 147. Después de diez (10) días comunicarse con el Sector de Convalidación de Títulos Universitarios y Alumnos Extranjeros a los efectos de informarse si el Expediente fue recibido por el mismo. En caso afirmativo presentar los originales en el Sector arriba nombrado de toda la documentación que figura en el punto 1), para autenticar las fotocopias que obran en el Expediente. Si el trámite no fuera hecho directamente por el interesado, sino por un tercero en su nombre, éste deberá contar con un poder especial otorgado en la Argentina ante Escribano Público y certificado por el Colegio de Escribanos. El mismo será entregado en el Sector de Convalidación de Títulos Universitarios y Alumnos Extranjeros, para ser archivado. Una vez dictada la Resolución Ministerial que otorga la convalidación del título, el interesado o su apoderado deberá presentar el Diploma original y el Documento Nacional de Identidad (DNI.) a los efectos de colocar en el mismo las constancias respectivas y para la suscripción del acta correspondiente. La reválida debe tramitarse en las Universidades Nacionales (Ley Nº 24.521, artículo 29, inciso k), que dispongan de una carrera de razonable equivalencia a la carrera de origen. Convalidación de títulos extranjeros - Colombia "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados, Títulos y Grados Académicos de Educación Primaria, Media y Superior". Suscripto el 3 de diciembre de 1992. Aprobado en nuestro país por Ley N° 24.324. La Resolución Ministerial N° 1672/97 y la Disposición DNGU N° 65/97 que la reglamenta. Solamente se convalida actualmente a los fines del ejercicio profesional de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 416 del 29 de diciembre de 2000. Documentación a presentar para iniciar el trámite de convalidación de un título, a los fines del ejercicio profesional en la República Argentina: 1)Fotocopia del Título Académico y del Certificado Analítico de Materias Aprobadas. Por lo menos en uno de ellos debe constar el Documento de Identidad del solicitante otorgado por el país de origen. 2)Programas de todas las asignaturas aprobadas, con la carga horaria correspondiente a cada una de ellas, personalizados, foliados y sellados por la Universidad que expidió el título. Certificado de la misma Universidad que otorgó el título, que acredite el campo laboral en el que puede desempeñarse el interesado en el país de origen; excepto que el título sea de médico, odontólogo, abogado o de otra carrera de índole tradicional. 3) Los originales de la documentación mencionada tienen que estar sellados por: a) Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES). b) Ministerio de Relaciones Exteriores Colombiano mediante la Apostilla de La Haya. La Apostilla legaliza la firma de las autoridades colombianas y no requiere de otra legalización en la República Argentina. También se puede optar por legalizar la documentación en el Consulado Argentino en Colombia de acuerdo con el Decreto Nº1629/01, que no requiere de otra legalización en la República Argentina. c) después de cumplimentar los incisos a) y b) sacar fotocopias de los documentos originales y proceder de acuerdo con lo indicado en el punto 7. 4)Fotocopia certificada por escribano público del Documento de Identidad colombiano, que está asentado en la documentación académica. 5)Fotocopia certificada por escribano público del Documento Nacional de Identidad para extranjeros, hasta la hoja donde consta la situación migratoria del solicitante, inclusive. 6)Nota al señor DIRECTOR NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA para solicitar la convalidación del título. Indicar domicilio y teléfono. 7)Con las fotocopias de la documentación exigida dirigirse a la MESA DE ENTRADAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, PIZZURNO 935, 1º piso, oficina 147. Después de diez (10) días, comunicarse con el Area de Convalidación de Títulos Universitarios y Alumnos Extranjeros a los efectos de informarse si el Expediente fue recibido por el mismo. En caso afirmativo, presentar los originales de toda la documentación que figura en el punto 1), en el Área arriba nombrado, para autenticar las fotocopias que obran en el Expediente. Una vez dictada la Resolución Ministerial que otorga la convalidación del título, el interesado deberá presentarse con el Documento Nacional de Identidad y el diploma, a los efectos de colocar en el mismo las constancias respectivas y para la suscripción del Acta correspondiente. Convalidación de títulos extranjeros - Ecuador "Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos de Educación Superior". Suscripto el 18 de febrero de 1994. Aprobado por Ley N°24.555. La Resolución Ministerial N° 559/98 y la Disposición DNGU N° 26/98 que la reglamenta. Solamente se convalida actualmente a los fines del ejercicio profesional de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 416 del 29 de diciembre de 2000. Documentación a presentar para iniciar el trámite de convalidación de un título, a los fines del ejercicio profesional en la República Argentina: l ) Fotocopia del Título y del Certificado Analítico de Materias Aprobadas. En uno de ellos o en un Certificado de la Universidad que expidió el título debe constar el Documento de Identidad del solicitante otorgado por el país de origen. 2) Los originales de la documentación mencionada tienen que estar sellados por: a) Ministerio de Educación del Ecuador. b) Consulado Argentino en Ecuador. c) Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino (Arenales 819. Buenos Aires. Horario de atención: 9,30 a 13,30 hs). d) Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología Argentino- Sector Legalizaciones (Santa Fe 1548 -piso 12—Capital Federal.- Horario de Atención: de 9 a 13 hs). e) Después de ser sellados los documentos originales sacarles fotocopias. 3) Fotocopia certificada por Escribano Público argentino del Documento de Identidad o del Pasaporte que está asentado en la documentación académica. 4) Fotocopia certificada por Escribano Público del Documento Nacional de Identidad para extranjeros, hasta la hoja donde consta la situación migratoria del solicitante, inclusive. 5) Nota al señor Director Nacional de Gestión Universitaria en la que se solicita la convalidación del título a los fines del ejercicio profesional en la República Argentina. Asimismo debe optar por una Universidad Nacional para que realice el estudio de razonable equivalencia y el dictamen técnico correspondiente. Indicar domicilio, teléfono y/o correo electrónico. 6) Programas de todas las asignaturas aprobadas. Personalizados, foliados y sellados por la Universidad que expidió el título. 7) Con las fotocopias de la documentación exigida dirigirse a MESA DE ENTRADAS del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, Pizzurno 935, 1° piso, oficina 147. Después de diez (10) días comunicarse con el Sector de Convalidación de Títulos Universitarios y Alumnos Extranjeros a los efectos de informarse si el Expediente fue recibido por el mismo. En caso afirmativo presentar en el Sector mencionado los originales de toda la documentación que figura en el punto 1), para autenticar las fotocopias que obran en el Expediente. Si el trámite no fuera hecho directamente por el interesado, sino por un tercero en su nombre, éste deberá contar con un poder especial otorgado en la Argentina ante Escribano Público y certificado por el Colegio de Escribanos. El mismo será entregado en el Sector de Convalidación de Títulos Universitarios y Alumnos Extranjeros, para ser archivado. Convalidación de títulos extranjeros - Perú Acuerdo de Reconocimiento de Títulos Universitarios entre la República Argentina y la República del Perú, suscripto el 12 de agosto de 1998 y aprobado por la Ley Nº 25.182. Vigente desde el 1º de marzo de 2001. Documentación a presentar para iniciar el trámite de convalidación de título, a los fines del ejercicio profesional en la República Argentina: 1) Fotocopia del Título y del Certificado Analítico de Materias Aprobadas. En uno de ellos o en un Certificado de la Universidad que expidió el título debe constar el Documento de Identidad del solicitante otorgado que lo identificó durante el desarrollo de la carrera en el país de origen. 2) Programas de todas las asignaturas aprobadas, con la carga horaria correspondiente a cada una de ellas, personalizados, foliados y sellados por la Universidad que expidió el título. 3) Los originales de la documentación mencionada tienen que estar sellados por: a) Ministerio de Educación del Perú. b) Consulado Argentino en Perú, de acuerdo con la reglamentación por Decreto Nº 1629/01 de derechos consulares. No requiere posterior legalización en la República Argentina. c) después de cumplimentar los incisos a) y b) sacar fotocopias de los documentos originales y proceder de acuerdo con lo indicado en el punto 7. 4) Fotocopia certificada por escribano público argentino del Documento Nacional de Identidad peruano, que identifica al interesado ante la Universidad de origen. 5) Fotocopia certificada por escribano público argentino del Documento Nacional de Identidad para extranjeros, hasta la hoja donde consta la situación migratoria del solicitante, inclusive. 6) Nota al señor DIRECTOR NACIONAL DE GESTIÓN UNIVERSITARIA para solicitar la convalidación del título. Indicar domicilio y teléfono. 7) Con las fotocopias de la documentación exigida dirigirse a la MESA DE ENTRADAS DEL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA y TECNOLOGÍA, calle Pizzurno 935, 1º piso, oficina 147. Después de diez (10) días, comunicarse con el Area Convalidación de Títulos Universitarios y Alumnos Extranjeros a los efectos de informarse si fue recibido el expediente. En caso afirmativo, presentar los originales de la documentación académica que se especifica en el inciso 1), para la correspondiente legalización en el Area citada. MATRÍCULA NACIONAL Información obtenida de la página del Ministerio de Salud y Ambiente http://www.msal.gov.ar/htm/site/servicios_mat.asp Para ejercer la Medicina en la República Argentina hay que tener la matrícula profesional habilitante otorgada por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación. El trámite se realiza en el Área de Registro Único de Profesionales de la Dirección de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras en Lima 340, PB, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10 a 13 y de 14 a 15 hs. Los documentos que hay que presentar para obtener la matrícula son: 1. Título universitario legalizados en el Ministerio del Interior y en el Ministerio de Educación y Cultura 2. Documento de identidad: DNI/LC/LE (ver tramitación para obtener el DNI) El arancel correspondiente a la matriculación profesional es de $40 (cuarenta pesos). Contactos e información del Ministerio de Salud y Ambiente: Avenida 9 de julio 1925, piso 7, oficina 705, ala Belgrano. Horario de atención al público: lunes a viernes 9 a 13 hs Teléfono: 4379-9045 o 4379-9000 internos 4712/4708/4651/4652 DNI ARGENTINO PARA EXTRANJEROS Información obtenida de la página del Ministerio del Interior: http://www.mininterior.gov.ar/migraciones/radicacion.asp Primer paso: Radicación Para tramitar el DNI argentino para extranjeros, los interesados deberán obtener la radicación temporaria o permanente expedida por la - Dirección Nacional de Migraciones - Av. Antártida Argentina 1355 - Ciudad de Buenos Aires, de - Lunes a viernes de 7 a 21 hs. - Horario de atención al público por trámites de residencia es de 7:30 a 13:30 en Sede Central y en las Oficinas de Hipólito Irigoyen 952. - Información telefónica desde las 7:30 hasta las 20:00 hs - 4317-0234/0235/0236/0237/0238 y 0800-333-728742 Todo el público que ingresa es atendido sin necesidad de número o turno previo. Criterios de Admisión: La persona que desee radicarse en la República Argentina deberá contar con un criterio de admisión de los enumerados en: Artículo 22: Criterios de radicacion permanente: 1. hijo argentino o radicado 2. cónyuge de ciudadano argentino o radicado 3. padre o madre argentino/a o radicado/a) y Artículo 23: Criterios de radicacion temporaria: 1. trabajador migrante 2. estudiante 3. religioso 4. rentista 5. pensionado 6. deportista/artistas 7. científico y personal especializado 8. pacientes bajo tratamiento medico 9. académicos 10. (asilados/refugiados) de la Ley Nº 25.871. Documentación exigida: A. Documentación personal: 1. Pasaporte, Cédula de Identidad o Certificado de Nacionalidad VIGENTES 2. Partida de Nacimiento 3. Acreditación de ingreso mediante sello estampado en el Pasaporte y Visa vigente si correspondiera 4. Certificado de Antecedentes penales del país de origen o del lugar donde hubiere residido los últimos 5 años 5. Certificado de antecedentes de la Policía Federal Argentina o Certificado de Reincidencia que se tramita en Azopardo Nº 620, Ciudad de Buenos Aires. B. Documentación para encuadre migratorio: Esta documentación varía de acuerdo al criterio de radicación invocado Para el trámite de radicación la tasa es de $200 en efectivo (pesos doscientos). Contactos e información de Migraciones: Por correo electrónico: info@migraciones.gov.ar Requisitos para estudiantes Si usted desea radicarse en la República Argentina bajo el criterio "estudiante" deberá acompañar, además de la documentación personal, la siguiente documentación para el encuadre migratorio: MERCOSUR: Si usted es ciudadano de un país perteneciente al MERCOSUR, deberá acompañar: 1. Constancia de Inscripción como alumno regular emanada del establecimiento educativo, intervenido y certificado por el Ministerio de Educación. 2. Programa de estudios del año lectivo, intervenido y certificado por el Ministerio de Educación. Extra MERCOSUR: Si usted es ciudadano de un país no perteneciente al MERCOSUR deberá, además de cumplimentar con los puntos 1 y 2, acreditar haber ingresado a la República Argentina en fecha anterior al 15 de octubre de 1998 (conforme lo establecido por el decreto 1.117/98) y en calidad de turista. Caso contrario, deberá tramitar el correspondiente permiso de ingreso. IMPORTANTE: este criterio de radicación contempla a todas aquellos extranjeros que estuvieren cursando estudios en nuestro país, excluidos los primarios. Segundo paso: Obtención del DNI Información obtenida de la página del Ministerio del Interior: http://www.mininterior.gov.ar/renaper/extranjeros_inst.asp Para obtener el Documento Nacional de Identidad original para extranjeros hay que solicitar turno personalmente en la sede del Registro Nacional de las Personas ubicada en 25 de Mayo 155, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La tasa del DNI Original para extranjeros es de $15. Los requisitos para la identificación de Ciudadanos Extranjeros son: 1. Partida de nacimiento original traducida al castellano por traductor público nacional matriculado, si correspondiera y legalizada por el cónsul argentino en el pais de origen o con la apostilla de La Haya si el pais de origen adhiere a la convención sobre legalización. 2. Radicación temporaria/permanente expedida por la Dirección Nacional de Migraciones. 3. Domicilio comprobable (con un servicio o certificado) 4. Particularidades y forma de recepcionar los trámites extranjeros de acuerdo con los convenios y acuerdos firmados con el país de origen Bolivia Requisitos: 1. Partida de nacimiento legalizada por cónsul argentino en pais de origen o Partida de nacimiento con legalización posterior al 12/12/2003 efectuada por los cónsules bolivianos acreditados en la república argentina o Certificado de nacimiento consular con legalización posterior al 12/12/2003, efectuada por los cónsules bolivianos acreditados en la república argentina. 2. Radicación temporaria o permanente expedida por la dirección nacional de migraciones. 3. Domicilio comprobable (con un servicio o certificado). Perú Requisitos: 1. Partida de nacimiento legalizada por cónsul argentino en pais de origen o Partida de nacimiento con legalización posterior al 11/06/2004 efectuada por los consules peruanos acreditados en la república argentina y durante la vigencia del convenio migratorio y su protocolo adicional 2. Radicación temporaria / permanente expedida por la dirección nacional de migraciones. 3. Domicilio comprobable (con un servicio o certificado). Chile Requisitos: 1. Partida de nacimiento legalizada por cónsul argentino en pais de origen o Partida de nacimiento expedida a partir del 10/11/04 a través de medios informáticos por los consulados chilenos que lleven estampada la firma del cónsul o del funcionario autorizado y acreditado en la república argentina con la debida legalización de la cancillería argentina. 2. Radicación temporaria / permanente expedida por la dirección nacional de migraciones. 3. Domicilio comprobable (con un servicio o certificado). Brasil Requisitos: 1. Documentos necesarios: partida de nacimiento legalizada por autoridades de la cancillería brasileña de itamaraty y del escritorio de representación de río de janeiro y expedidas a partir del 16/03/03. 2. Constancia de radicación expedida por la dirección nacional de migraciones. 3. Certificado de domicilio expedido por la policia del lugar de su residencia. Países extra Mercosur Requisitos: Partida de Nacimiento legalizada por la Cancillería Argentina o apostilla de acuerdo con el país de origen. Contactos e información del Registro Nacional de las Personas: • Por correo: Tte. Gral. Perón 664, C1038AAN, Ciudad de Buenos Aires • Por correo electrónico: informes@renaper.gov.ar • Por teléfono: Línea de atención al ciudadano (54 11) 4393-0566 |
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